drone.barcelona
Servicios Trabajos Recursos y permisos Sobre nosotros Contacto
Inicio / Diario / Normativa de drones 2026

Normativa
2026

La normativa de drones 2026 no es tan complicada como parece, pero tiene un detalle que en Cataluña marca la diferencia: la comunicación de vuelos sobre núcleo urbano no va a la AESA, sino a los Mossos d'Esquadra. Aquí tienes el resumen claro, sin letra pequeña, de todo lo que hay que saber para volar legalmente.

Cada vez que alguien quiere grabar con dron en Barcelona nos hace la misma pregunta: «¿qué dice la ley?». La respuesta honesta es que la normativa de drones es un rompecabezas de tres capas —europea, estatal y autonómica— que hay que encajar antes de despegar nada. La buena noticia es que, una vez entiendes cómo se apilan, todo tiene sentido. Este artículo es un resumen claro y actualizado a 2026, pensado para que cualquiera —operador, empresa o particular— sepa dónde está parado.

No es una guía legal exhaustiva ni sustituye la letra de los reglamentos: es el mapa mental que nos habría gustado tener cuando empezamos. Si después necesitas el detalle operativo para volar en la ciudad, te enlazamos nuestra guía de permisos de dron en Barcelona al final.

El marco europeo: EASA y AESA

Desde 2021, la normativa de drones en todo el espacio europeo está unificada por los reglamentos de la EASA (la Agencia de la Unión Europea para la Seguridad Aérea). Esto quiere decir que las reglas básicas son las mismas en Lisboa, Berlín o Barcelona. En el Estado español, quien aplica y vigila este marco es la AESA (la Agencia Estatal de Seguridad Aérea).

El reglamento parte de una idea sencilla: el riesgo de la operación manda por encima del peso del dron. En función de lo que quieras hacer —y no solo de qué dron tengas— la actividad cae dentro de una de tres categorías: abierta, específica o certificada. Para la inmensa mayoría de trabajos audiovisuales, hablamos de la categoría abierta.

La categoría abierta: A1, A2 y A3

La categoría abierta es la de menor riesgo y la que cubre casi toda la fotografía y el vídeo con dron. No requiere autorización previa para cada vuelo, pero sí cumplir unas condiciones estrictas: volar a menos de 120 metros de altura, mantener el dron siempre a la vista (VLOS) y no transportar mercancías peligrosas. Dentro de esta categoría hay tres subcategorías según la proximidad a las personas:

  • A1 — volar «cerca» de personas. Para los drones más ligeros. Permite sobrevolar personas aisladas, pero nunca multitudes. Es la subcategoría de los drones de hasta 250 g y de ciertos modelos con marcado de clase.
  • A2 — volar «cerca» con distancia de seguridad. Permite acercarse a personas no implicadas manteniendo una distancia horizontal mínima (en general 30 metros, o 5 metros con modo de baja velocidad). Requiere el certificado de competencia de piloto a distancia A2.
  • A3 — volar «lejos» de personas. La más restrictiva en ubicación: hay que mantenerse alejado de zonas residenciales, comerciales, industriales o recreativas, y de cualquier persona no implicada. Es la de menos exigencia formativa, pero la que te obliga a buscar espacios abiertos.
Importante

Estar en categoría abierta no quiere decir volar libre. Barcelona ciudad es espacio aéreo con restricciones: aunque tu operación sea «abierta» por el riesgo, necesitarás comprobar las zonas geográficas de ENAIRE y, como veremos, comunicar el vuelo a los Mossos d'Esquadra si sobrevuelas núcleo urbano.

Registro de operador y carnet de piloto

Antes del primer vuelo hay que cumplir dos trámites diferentes que a menudo se confunden:

Registro de operador en la AESA

El operador es quien es responsable del dron (una persona o una empresa). Hay que registrarse como operador en la AESA si el dron pesa 250 g o más, o si lleva cámara (con muy pocas excepciones). El registro da un número de operador (NOP) que debe ir marcado en el dron y cargado en el sistema de identificación remota. Es gratuito y se renueva periódicamente.

Carnet de piloto a distancia

El piloto es quien maneja los mandos. Para volar en categoría abierta hace falta, como mínimo, la formación A1/A3 (un curso y examen en línea gratuitos de la AESA). Para la subcategoría A2 hace falta, además, el certificado de competencia A2, con un examen presencial. Operador y piloto pueden ser la misma persona, pero son roles y acreditaciones diferentes.

Seguro de responsabilidad civil

Para cualquier uso profesional —y, en la práctica, recomendable siempre— hace falta un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños que el dron pueda causar a terceros. No es un capricho burocrático: si un dron sin cobertura provoca un daño a personas o bienes, quien responde es el operador con su patrimonio. Un operador serio vuela siempre asegurado; en drone.barcelona lo hacemos con una póliza de 1.500.000 €.

Las zonas geográficas de ENAIRE

Tener el dron registrado y el carnet en regla no dice nada sobre dónde puedes volar. Esta información la dan las zonas geográficas de UAS, que en el Estado español se consultan en la plataforma ENAIRE Drones (mapa y app oficiales). Allí verás, sobre el mapa, dónde hay restricciones: proximidad de aeropuertos, espacio aéreo controlado (CTR), zonas de seguridad nacional, parques naturales, infraestructuras críticas, etc.

Cada zona tiene su régimen: las hay prohibidas, limitadas a ciertas condiciones y otras que solo requieren una comunicación o autorización. Consultar ENAIRE antes de cada vuelo no es opcional: es el paso que separa una grabación legal de una infracción. Si quieres ver de manera rápida si tu ubicación tiene restricciones, también tienes nuestra herramienta ¿Puedes volar aquí?.

El detalle catalán: comunicación a los Mossos d'Esquadra

Aquí es donde mucha gente tropieza. Aparte de toda la normativa europea y estatal, en Cataluña hay un trámite propio para los vuelos sobre núcleo urbano o sobre concentraciones de personas. La competencia de seguridad ciudadana corresponde a la Policía de la Generalitat – Mossos d'Esquadra, y por eso la comunicación no va a la AESA ni a la policía estatal, sino a ellos.

En Cataluña: Mossos d'Esquadra

Si quieres volar sobre núcleo urbano o sobre concentraciones de personas en Cataluña, hay que comunicarlo previamente a la Policía de la Generalitat – Mossos d'Esquadra, según la Orden INT/67/2019 y en relación con el artículo 40 del Real Decreto 517/2024. La comunicación debe hacerse con un mínimo de 5 días naturales de antelación respecto a la fecha del vuelo.

Este paso es independiente de los permisos de ENAIRE y de tu categoría de operación: puedes tener todos los papeles europeos y estatales en regla y, aun así, estar incumpliendo si vuelas sobre el núcleo urbano de Barcelona sin haber presentado esta comunicación a los Mossos dentro de plazo. Es, precisamente, uno de los motivos por los que una grabación «exprés» en la ciudad no se puede improvisar: hay que prever estos 5 días en la planificación.

  • Quién lo tiene que hacer. El operador responsable del vuelo, con sus datos de registro AESA.
  • Cuándo. Siempre que la operación implique sobrevolar núcleo urbano o aglomeraciones de personas, con 5 días naturales de antelación.
  • Por qué importa. Porque es un requisito autonómico adicional: cumplirlo evita sanciones y, sobre todo, demuestra que el operador trabaja de manera profesional y transparente.

En resumen: el camino completo

Si encadenamos todas las capas, una operación legal sobre Barcelona ciudad suele necesitar: estar dentro de la categoría abierta adecuada (A1/A2/A3), tener el operador registrado en la AESA, un piloto con el carnet correspondiente, un seguro de responsabilidad civil, la comprobación de las zonas geográficas de ENAIRE y la comunicación a los Mossos d'Esquadra con 5 días de antelación cuando se sobrevuela núcleo urbano.

En resumen

La normativa de drones 2026 tiene tres niveles —EASA, AESA y, en Cataluña, Mossos d'Esquadra— y los tres se deben cumplir a la vez. El más fácil de olvidar es el último, y es justamente el que más problemas da en la ciudad. Si te lo gestiona un operador habilitado, no te tienes que preocupar de nada de esto.

Este artículo es un resumen orientativo y la normativa puede actualizarse; para el detalle operativo de volar en la ciudad tienes la guía de permisos de dron en Barcelona y, para comprobar una ubicación concreta, la herramienta ¿Puedes volar aquí?. Y si lo que quieres es simplemente que tu grabación se haga bien y legal, nosotros lo gestionamos todo de cabo a rabo.

Hablemos de tu proyecto →   Ver la guía de permisos

Normativa de drones en Cataluña
Normativa de drones en Cataluña

¿Quieres volar
legalmente?

Pide presupuesto →